lunes, 21 de septiembre de 2020
RAI, ASNEF, EQUIFAX , los ficheros de morosos un problema que puede tener solucion.
martes, 15 de septiembre de 2020
Impuesto de Sociedades: novedades que afectan a PYMES Y AUTONOMOS
Una de las principales consecuencias de la pandemia es el colapso de los trámites administrativos. Hasta el momento las empresas estaban obligadas a haber aprobado sus cuentas anuales antes de presentar la declaración del Impuesto de Sociedades. Sin embargo, debido a la COVID-19, la Administración ha permitido que este año se presentase la autoliquidación en julio sin haberlo hecho. Si este es tu caso, debes saber que estás obligado a presentar de nuevo la declaración antes del 30 de noviembre, en este caso con las cuentas anuales ya aprobadas. En asesoria Arteaga te la presentamos con todas las garantías.
domingo, 13 de septiembre de 2020
Así te afecta un ERTE o un ERE en la declaración de la renta 2021
Aunque en esencia la única diferencia entre un ERTE y un ERE es que la suspensión del contrato sea temporal o no, en realidad hay diferencias entre lo que la empresa debe abonarte cuando se extingue el contrato.
En el caso del ERE, la Ley establece una indemnización por despido que será, como mínimo, de 20 días por año trabajado, con un máximo de 12 mensualidades. Si hay periodos de tiempo inferior, se prorratean por mensualidades. Además, la empresa debe abonar el finiquito al trabajador por las vacaciones no disfrutadas durante ese año y la parte proporcional de las pagas extra.
En un ERTE, al ser una suspensión temporal del contrato, no hay ni finiquito ni indemnización porque no hay despido como tal. Es decir, se suspende el trabajo, pero la empresa tiene la obligación de reincorporar a los trabajadores cuando finalice el periodo temporal que ha llevado a esa situación. En el caso de los ERTE de fuerza mayor por el coronavirus, el Gobierno ha dictaminado que podrán ejercerse hasta el 30 de junio de 2020.
No obstante, tanto en el caso del ERE como en el caso del ERTE, los trabajadores podrán disfrutar de la prestación por desempleo dependiendo del tiempo que hayan cotizado. La cuantía de la prestación es, con carácter general, del 70% de la base de cotización del trabajador.
martes, 1 de septiembre de 2020
Nuevas tarifas GOOGLE, esto puede ocurrir en España.
• | Anuncios publicados en Turquía: se añade una tarifa del 5 % a tu factura o extracto por el coste normativo de operaciones que se aplica en el país. |
• | Anuncios publicados en Austria: se añade una tarifa del 5 % a tu factura o extracto por el impuesto sobre servicios digitales que se aplica en el país. |
• | Anuncios publicados en el Reino Unido: se añade una tarifa del 2 % a tu factura o extracto por el impuesto sobre servicios digitales que se aplica en el país. |
• | Estas tarifas se incluirán en tu factura o extracto como un elemento de línea independiente por país. También aparecerán en la sección "Transacciones" de tu cuenta de Google Ads. Se te cobrará por los anuncios que se publiquen en los países mencionados anteriormente. |
• | Las tarifas que se apliquen en tu país, como el impuesto sobre las ventas, el IVA, el IBS (impuesto sobre bienes y servicios) o el QST (impuesto sobre las ventas de Quebec), se sumarán también a las nuevas tarifas. |
• | Si pagas mediante facturación mensual o tienes activada la opción de pagos automáticos, las nuevas tarifas se añadirán al presupuesto de tu cuenta. Por ejemplo, si tienes un presupuesto de 100 € y acumulas 5 € de tarifas por el impuesto sobre servicios digitales por los anuncios publicados en Austria, se te facturará un total de 105 €. Además, a ese importe se sumará cualquier impuesto que se aplique en tu país, como el impuesto sobre las ventas, el IVA, el IBS o el QST. |
• | Si haces pagos manuales, es posible que se te cobren estas tarifas una vez que el importe del pago se haya agotado. Esta situación dejaría saldo pendiente, que se deducirá automáticamente de tu próximo prepago. Por ejemplo, si acumulas 5 € de costes normativos de operaciones por anuncios publicados en Turquía y haces un nuevo pago de 100 €, verás un saldo disponible de 95 € para mostrar anuncios (100 € - 5 €). |
jueves, 25 de enero de 2018
Endesa Informa sobre el Modelo 347 a sus clientes
sábado, 13 de enero de 2018
modifican el modelo 190
- Entre otros cambios, se ha
añadido en el modelo 190 un nuevo campo para que el
presentador de la declaración consigne un correo electrónico de
contacto.
- Asimismo, se han anticipado
los plazos de presentación de los modelos 171, 184, 345 y 347 al mes de
enero de cada ejercicio. En todo caso, la entrada en vigor de la
modificación del plazo de presentación del modelo 347 se pospone
hasta el 1 de enero de 2018, siendo de aplicación por tanto a la
declaración anual de operaciones con terceras personas del ejercicio 2018,
a presentar en 2019.